Tengo el convencimiento que llevar a delante un embarazo es una decisión únicamente de la mujer, de carácter íntimo y personal. Porque es su cuerpo.
Antonio Veneziano, Madonna del parto |
Digo esto porque creo que es precisamente aquí, en el poder de decisión donde ha estado la clave a lo largo de la historia. Porque podríamos decir que casi nunca este tema ha estado en manos de la mujer. Había demasiado en juego. Era una cuestión patrimonial y social de primer orden.
Decía Cicerón, el pensador romano, al relatar un caso de aborto..."(La mujer) había destruido la esperanza del padre, el memorial de su nombre, el apoyo de la estirpe, el heredero de la familia, el llamado a ser ciudadano de la República" (Pro Cuentio, 11, 32)
Es decir, en ningún caso se habla de la destrucción de una vida sinó del daño inflingido a la familia y a la República romana. Ese embarazo era un tema público de primera magnitud, sobretodo si era varón...o sea, heredero.
Así pues, desde la Antigua Roma han existido leyes que trataban de regular el derecho de la mujer. Ninguna ley, eso también es bueno decirlo, tan estricta como las de algunas legislaciones actuales. Siempre y en cualquier caso ha habído supuestos y excepciones.
Para empezar, era francamente difícil saber que se estaba embarazada hasta más o menos pasado el primer trimestre. Así pues, las pérdidas en ese período no eran tenidas en cuenta ni, probablemente conocidas.
Por otro lado, solo se legislaba sobre los hijos legítimos de parejas casadas. Toda la demás descendencia, las familias sin patrimonio, los hijos salidos de relaciones no legalizadas, etc, no eran tenidos en cuenta por la ley, simplemente.
Parece que tampoco pasaba nada si la decisión era consensuada con el marido, pues en realidad lo que estaba penado era hacer daño al "patrimonio" del marido, entre el cual entraban los futuros hijos.
La legislación en un momento fue bastante estricta, aunque, ya a finales de época romana los Códigos Legislativos muestran cierta desaparición de este tipo de leyes "antiabortivas". La razón principal, probablemente, fue que era bastante difícil probar cuando se daba un aborto voluntario o involutario y, por lo tanto, se creaban situaciones bastante injustas, condenado a mujeres que habrían sufrido abortos involutarios, por ejemplo.
También es bueno decir que en la mayoría de ocasiones los penados eran aquellos que procuraban el aborto y no la mujer. Por ejemplo, en el código dentológico de Hipócrates, se opone a la relización de prácticas abortivas por el daño que puede causar a la mujer, no por la pérdida del embrión en si.
La moral y la religión también tenían opiniones al respecto. De hecho, la discusión sobre cuando empieza la vida es muy antigua y hace siglos que genera controversias.
Se conservan algunas inscripciones griegas que vetan el paso a la mujer que había sufrido un aborto, porque durante un período de tiempo era impura. Es importante señalar, que la impureza no depende de si ese aborto era voluntario o no, de hecho, los períodos impuros en las mujeres eran muchos (los momentos en que se tenía la regla, el puerperio, etc). El aborto era uno más.
Se conservan algunas inscripciones griegas que vetan el paso a la mujer que había sufrido un aborto, porque durante un período de tiempo era impura. Es importante señalar, que la impureza no depende de si ese aborto era voluntario o no, de hecho, los períodos impuros en las mujeres eran muchos (los momentos en que se tenía la regla, el puerperio, etc). El aborto era uno más.
Ya en la era cristiana, nos podemos fijar en algunas de las conclusiones al respecto de los primeros Concilios entorno al siglo IV d.C.
Concilio de Elbira/Iliberris: Si una mujer concibe en adulterio y luego tiene aborto no puede comulgar de nuevo, porque ha pecado dos veces.
Concilio de Lérida: Aquellos que procuran la muerte de sus hijos concebidos en pecado y nacidos en adulterio o tratan de darles muerte en el seno materno por medio de algun medicamento abortivo, a tales adúlteros de uno y otro sexo dáseles la comunión solamente pasados 7 años. A los envenenadores solamente se les dará la comunión al final de su vida.
Concilio de Elbira/Iliberris: Si una mujer concibe en adulterio y luego tiene aborto no puede comulgar de nuevo, porque ha pecado dos veces.
Concilio de Lérida: Aquellos que procuran la muerte de sus hijos concebidos en pecado y nacidos en adulterio o tratan de darles muerte en el seno materno por medio de algun medicamento abortivo, a tales adúlteros de uno y otro sexo dáseles la comunión solamente pasados 7 años. A los envenenadores solamente se les dará la comunión al final de su vida.
En estos casos, como se ve, se introduce el tema del adulterio, también en relación con la moral cristiana entrono al matrimonio. En todo caso, como se ve, la visión del aborto nada tiene que ver con las actuales posiciones de la Iglesia. No ha sido hasta hace relativamente poco que la Iglesia se ha opuesto a cualquier tipo de intervención y que los discursos llamados "pro-vida" han llegado hasta las legislaciones de muchos paises.
Así pues, en este rápido repaso a esta historia, tengo la impersión que no hemos avanzado demasiado. El fruto del vientre de la mujer en las sociedades patriarcales sigue sin pertencerle, es un bien social y familiar sobre el que tiene poco poder de decisión.
Siempre que te leo aprendo cosas nuevas, a veces hasta veo el mundo con otros ojos. Gracias por compartir :)
ResponderEliminarEso si que es un piropo! Gracias guapa por leer lo que hago con tu bonita mirada!
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